La transmisión de la participación en el negocio familiar adquirida por herencia puede ser conflictiva. Heredar las acciones/participaciones de una PYME con poco ingresos, junto con otros miembros de la familia, con quien puede que estemos mal avenidos, puede generar una situación conflictiva a la que hemos de enfrentarnos, y es muy probable que nuestra intención sea la de vender al mejor precio las acciones / participaciones para salir de la sociedad.
Efectivamente, mantener una participación minoritaria de una sociedad anónima o limitada, con la mayoría de acciones o participaciones sociales titularidad de familiares con los que tenemos importantes desavenencias, sobre todo si se trata de una sociedad que no reporta dividendos interesantes, puede determinar que el coheredero tenga interés en salir de la sociedad y deshacerse de esta participación procurando obtener el mejor precio posible. Se plantea, entonces, un doble problema: ¿a qué precio podrá vender sus títulos ?, ¿a quién podrá venderlos?
Las acciones en sociedades familiares no cotizadas y con escasos rendimientos, constituyen derechos de realización prácticamente inviable al no resultar su adquisición deseable a terceros ajenos a la empresa. Por ello, lo más probable es que los más interesados sean los propios familiares también socios, con los que se mantienen, precisamente, las discrepancias.
Hay varios aspectos a tener en cuenta, destacamos:
En todo caso, para prevenir problemas en la transmisión de la participación en el negocio familiar adquirida por herencia, destacamos la importancia de tener la precaución de establecer, ya sea en los Estatutos, ya sea mediante un pacto entre socios, una regulación de la transmisión de las acciones «entre vivos» y «mortis causa» para evitar discordias en el precio de transmisión que ayudarán a evitar una situación de bloqueo social, cuando los socios no se ponen de acuerdo en el valor de venta de los títulos sociales (acciones o participaciones).
Campos Catafal ofrece un asesoramiento integral de todas las cuestiones que afectan al patrimonio de nuestros clientes (particulares y empresas) y a sus derechos y obligaciones desde 1983. Recuerde que el presente artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento legal de un abogado. Si desea nuestro asesoramiento profesional sobre este tema, contacte con nosotros.
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